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¿Sin aguinaldo? Conoce la fecha límite para recibir el pago

Foto(s): Cortesía
Itzel Guizar

De acuerdo con lo establecido por la Ley Federal del Trabajo, la dispersión del pago de aguinaldo continúa entregándose por parte de las empresas a sus trabajadores a más tardar hasta el martes 20 de diciembre. En caso de ser un extrabajador, entonces el pago se realizará en la fecha de la terminación de la relación laboral. En términos específicos el aguinaldo es el pago extra que un empleador abona a su trabajador a fin de año.

La Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo de la Ciudad de México, indica que en nuestro país se estableció como una prestación obligatoria en 1970 dentro de la Ley Federal del Trabajo. En cuanto al sector privado, el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo apunta que los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual.

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), apunta que se trata de una prestación a la que todo trabajador tiene derecho y deberá entregarse cada año antes del 20 del último mes del año. Aunque si se trata de un extrabajador, entonces se pagará en la fecha de la terminación de la relación laboral.

Por lo que cualquier ciudadano que ingresa a nómina tiene derecho al aguinaldo, así como aquellos que laboren con relación a los de sueldos asimilados. Se trata de un beneficio para todos los trabajadores, ya sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, entre otros.

En México, bajo ningún pretexto y sin consideración a la condición de las o los trabajadores, todos, quienes tengan una relación laboral de tipo subordinada a un patrón, tienen derecho a recibir un aguinaldo.