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API Salina Cruz con nuevo director

Foto(s): Cortesía
Redacción

En esta semana que inicia Ricardo Tapia Ríos será designado como nuevo director de la Administración Portuaria Integral (API) de Salina Cruz, en sustitución de Ángel Pérez Cantú de acuerdo a información de la Coordinación General de Puertos y Marina Mercante de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).


Ricardo Tapia Ríos fue gerente de administración y finanzas de la API del Puerto de Lázaro Cárdenas; en el 2017 fue encargado de despacho de la misma.


De acuerdo a la Ley de Puertos existirá administración portuaria integral cuando la planeación, programación, desarrollo y demás actos relativos a los bienes y servicios de un puerto se encomienden en su totalidad a una sociedad mercantil, mediante la concesión para el uso, aprovechamiento y explotación de los bienes y la prestación de los servicios respectivos.


Asimismo se podrá encomendar, mediante concesión, la administración portuaria integral de un conjunto de terminales, instalaciones y puertos de influencia preponderantemente estatal, dentro de una entidad federativa, a una sociedad mercantil constituida por el Gobierno Federal o Estatal correspondiente.


La administración portuaria integral será autónoma en su gestión operativa y financiera, por lo que sus órganos de gobierno establecerán sus políticas y normas internas, sin más limitaciones que las que establezcan las disposiciones legales y administrativas aplicables.


Corresponde a los administradores portuarios, además de los derechos y obligaciones que se establecen para los concesionarios: planear, programar y ejecutar las acciones necesarias para la promoción, operación y desarrollo del puerto, o grupo de ellos y terminales, a fin de lograr la mayor eficiencia y competitividad; usar, aprovechar y explotar los bienes del dominio público en los puertos o grupos de ellos y terminales, y administrar los de la zona de desarrollo portuario, en su caso; construir, mantener y administrar la infraestructura portuaria de uso común.


Además de construir, operar y explotar terminales, marinas e instalaciones portuarias por sí, o a través de terceros mediante contrato de cesión parcial de derechos; prestar servicios portuarios y conexos por sí, o a través de terceros mediante el contrato respectivo; opinar sobre la delimitación de las zonas y áreas del puerto; formular las reglas de operación del puerto, que incluirán, entre otros, los horarios del puerto, los requisitos que deban cumplir los prestadores de servicios portuarios y, previa opinión del comité de operación, someterlas a la autorización de la Secretaría; y asignar las posiciones de atraque en los términos de las reglas de operación; entre otras.


En el transcurso de esta semana, del 22 al 25 de enero, se llevarán a cabo las juntas de los Consejos de Administración de las Administraciones Portuarias Integrales (API), para formalizar los nombramientos de los nuevos directores generales de los puertos mexicanos.