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Invalida TEEO asamblea de revocación en San Mateo del Mar

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Foto(s): Cortesía
Redacción

Gerardo Valdivieso Parada / Noticias, Voz e Imagen del Istmo

SAN MATEO DEL MAR, Oaxaca.- Por considerar que se violó el derecho de audiencia del presidente municipal Bernardino Ponce Hinojosa y su cabildo en las Asambleas Comunitarias Generales realizadas el 18 de abril del 2021, el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) desechó la validación del proceso por parte del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO).

Para el Tribunal, la Asamblea para la Terminación Anticipada de Mandato no tiene validez porque no se citó de manera personal al edil y los integrantes de su cabildo para hacerles de su conocimiento del proceso, lo que constituyó una violación a su derecho de audiencia, aun cuando las autoridades comunitarias dieron la máxima publicidad al evento.

Con esta decisión del Tribunal, el presidente municipal Juan Cepeda Victoria y los concejales electos en la asamblea realizada el año pasado serán desconocidos cuando el gobierno del estado y el federal acaten la sentencia y suspendan los recursos hacia el Consejo Ikoots de Administración Municipal.

El TEEO determinó que esta falta de audiencia a los concejales depuestos “afecta al principio de certeza, pues escuchar a las personas sujetas al proceso de terminación de mandato ayuda a generar certeza sobre la voluntad de la comunidad, así como la decisión que se tome tiene el más alto consenso comunitario”.

Bernardino Ponce Hinojosa fue electo en el 2019 y su periodo aún no ha terminado, por lo que vuelve a ser reconocido como presidente municipal junto a su cabildo luego de impugnar el acuerdo de Consejo General del IEEPCO del 8 de octubre de 2021, donde se validó la asamblea  de su revocación de mandato.

En su impugnación alegó que la asamblea fue una “simulación”, ya que careció de “falta de espontaneidad, autenticidad, certeza e ilegalidad en la integración del expediente ante la entidad administrativa electoral” y no se apegó a las reglas comunitarias establecidas del sistema normativo indígena de la comunidad, además de que vulneró su derecho de audiencia, legalidad y debido proceso e incluso alegó discriminación por género porque no se permitió la participación de mujeres.

El Tribunal desechó la mayoría de sus alegatos, pero reconoció que al edil se le violó su derecho de audiencia.

Ponce Hinojosa fue acusado en su elección de no reunir los requisitos para ser electo como edil y una serie de anomalías en la asamblea en donde los electores fueron intimidados por pistoleros, además de ser una imposición del anterior edil, Gelasio Hidalgo Silva en contubernio con el empresario Jorge Leoncio Arroyo Rodríguez.

Del conflicto postelectoral el presidente municipal no pudo despachar en la cabecera e instaló su oficia en la agencia La Reforma. En los dos años de su mandato sus opositores denunciaron que no hubo obras ni presencia de la autoridad por lo que fueron electas autoridades comunitarias que llenaron este vacío.

Con la pandemia de Covid-19 en las agencias que se ubican a la entrada del municipio se colocaron barricadas y en la agencia de Huazantlán del Río se escenificaron ataques armados al inmueble municipal y algunas casas y se asesinó al agente suplente Filimón Villalobos el 2 de mayo, un mes después  se escenificó una masacre que tuvo un saldo de 16 personas muertas.