Pasar al contenido principal
x

Defiende TEPJF tequio comunitario en San Mateo del Mar

Foto(s): Cortesía
Redacción

La Sala Xalapa del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió este jueves proteger la costumbre del “tequio” en el ejercicio de la función pública del municipio de San Mateo del Mar.


En consecuencia, negó el pago de salarios que exigían Cornelio Salmerón Torres y Félix Villaseca Ojeda, ex regidores de las comunidades de Colonia Juárez y Colonia Cuauhtémoc, ambas ubicadas en este municipio.


En la sentencia de los juicios número SX-JDC-129/2019 y SX-JE-86/2019, los magistrados advirtieron que en San Mateo del Mar existe un sistema de cargos públicos, los cuales se ejercen sin pago de salario.


“Los actores no acreditaron sus afirmaciones respecto de haber recibido alguna remuneración”, expuso esta resolución de ambos procesos acumulados.


Exigen consulta pública


Salmerón Torres y Villaseca Ojeda reclamaban el pago de sus salarios correspondientes al segundo semestre de 2018, en el cual ejercieron los cargos de agentes municipal y de policía de las comunidades de Colonia Juárez y Colonia Cuauhtémoc, respectivamente.


Incluso, solicitaron que esta órgano jurisdiccional ordenara la realización de una consulta pública en estas poblaciones para definir el pago de los salarios. Esta planteamiento fue desechado por los magistrados electorales, ya que le consideraron inoperante.


El Presidente de la Sala Xalapa, Enrique Figueroa Ávila afirmó que en Oaxaca, el ejercicio de cargos públicos sin pago es una costumbre en varios municipios indígenas.


“El sistema de cargos gratuito es visto como parte de su trabajo en favor de la comunidad a que pertenecen, más aún, se observa que estas formas de ejercicio de la autoridad forma parte de la cosmovisión de las comunidades que habitan en el citado municipio”, dijo.


“Considero importante destacar que en el estado de Oaxaca convergen múltiples sistemas normativos indígenas que cuentan, cada uno, con sus propias reglas definidas por las y los integrantes de las comunidades en ejercicio de su derecho a autodeterminación y, de acuerdo con sus prácticas tradicionales”, agregó.


Figueroa Ávila advirtió que la Constitución federal establece que deben preservarse las costumbres de las comunidades indígenas, y que como en este caso, los tribunales no deben imponer sentencias en esas localidades.


“Evitar imponer cualquier medida que lleve a una asimilación forzada en perjuicio de sus usos y costumbres. Si bien los actores (los ex regidores) sustentaron un cargo en sus respectivas comunidades, subyace el sistema normativo indígena imperante”, comentó.